El ya expresidente de la Generalitat, Quim Torra, en el Parlament de Cataluña / EUROPA PRESS

El ya expresidente de la Generalitat, Quim Torra, en el Parlament de Cataluña / EUROPA PRESS

Política

El 7 de febrero, primera oportunidad electoral tras la inhabilitación de Torra

Una vez que el presidente del Parlament, Roger Torrent, disuelva el Parlament, tendrán que pasar 54 días para acudir a las urnas

28 septiembre, 2020 18:48

La inhabilitación del ya expresidente de la Generalitat, Quim Torra, abre un nuevo abanico de fechas para acudir a elecciones autonómicas. Como pronto, la convocatoria se producirá el 7 de febrero de 2021. Ahora, una vez consumada la salida del president, será el presidente del Parlamento, Roger Torrent, quien inicie una ronda de contactos con el resto de grupos para investir a un nuevo candidato.

Una vez que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha notificado la sentencia a Torra y se consuma de forma oficial su inhabilitación, el calendario electoral se activará a partir del martes con la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC).

Turno para Torrent

Ya el miércoles, será el turno para que Torrent inicie contactos con los grupos parlamentarios, en un plazo de 10 días, para designar un candidato que cuente con la mayoría de la cámara. Con todo, los partidos independentistas ya han avisado de que no presentarán a nadie, mientras que la oposición quedaría en minoría.

En caso de no obtener ningún candidato, Torrent tendrá que comunicarlo a través de un pleno o a través de una comunicación formal por escrito, pero es un paso necesario que equivale a una investidura fallida. Estos 10 días deben ser hábiles y, teniendo en cuenta los fines de semana y que el 12 de octubre es festivo, el plazo se agotará el miércoles 14 de octubre: a partir de ese momento, siguiendo lo establecido en la Ley de Presidencia, se abrirá un plazo de dos meses antes de la convocatoria automática de elecciones.

Consenso entre los grupos

La ley contempla estos dos meses para que los grupos se pongan de acuerdo y busquen pactar una mayoría para investir a un nuevo presidente, como ha ocurrido en las dos últimas legislaturas en Cataluña, pero en principio en esta ocasión no se utilizará para buscar a un candidato.

En un principio, el plazo de dos meses comenzaría el 15 de octubre y finalizaría el 15 de diciembre, pero el informe del Gabinete jurídico de la Generalitat que solicitó el Govern da un margen a Torrent para modificar este calendario. Esto pasaría por retrasar la convocatoria del pleno o la notificación en la que comunica que no hay ningún candidato a la investidura: el informe señala que Torrent no está obligado a hacerlo justo al terminar el plazo de 10 días, sino que podría retrasarlo unos días, lo que permitiría ajustar el calendario.

En cualquier caso, una vez hayan transcurrido estos dos meses --como mínimo se acabaría este plazo el 15 de diciembre-- el Parlament quedará disuelto y el Govern en funciones deberá firmar el decreto que convoca elecciones de manera automática al no haberse podido investir a ningún candidato. Desde ese decreto de convocatoria hasta la celebración de las elecciones deben pasar 54 días, como establece la Loreg, por lo que los comicios serán como pronto el domingo 7 de febrero.