Ciertamente para los dirigentes secesionistas condenados las navidades sin tercer grado --régimen de vida en semilibertad-- serán muy duras, igual de duras que para tantos otros reclusos que tampoco tendrán el tercer grado si no cumplen las condiciones del ordenamiento penitenciario.

El Auto del Tribunal Supremo (TS) que revoca la concesión del tercer grado a Oriol Junqueras --y que se repite para los demás condenados-- ha merecido, en el instante mismo de conocerse, toda clase de descalificaciones de los portavoces del independentismo y de groseros vituperios en las redes sociales afines.

Ni esperaron a leerlo. Son 23 páginas de apretada doctrina que debiera merecer su atención por la solidez de una argumentación que rebate algunos de los presupuestos ideológicos del independentismo.

El Auto no niega a Junqueras el derecho al tercer grado, sólo falla que su concesión ha sido “temprana” y sin la “justificación reforzada” que exigiría el hecho de no haber cumplido la cuarta parte de la condena. Hasta aquí los fundamentos básicos de la revocación.

Pero además el TS aporta determinadas puntualizaciones : “Los hechos declarados probados en nuestra sentencia (del 14 de octubre de 2019) ya no pueden ser objeto de reinterpretación ni por el penado ni por terceros”; “los órganos de la administración penitenciaria (de la Generalitat) no deben convertirse en una extravagante tercera instancia que se arroga la tarea de hacer más justa la decisión emanada de los jueces y tribunales” y “no pueden someter la sentencia a una relectura que disfraza un tratamiento penitenciario privilegiado”.

Y, sobre todo, la argumentación del TS resulta demoledora al desmontar la falacia preferida de los independentistas de que se les persigue por sus ideas y de que hay abierta una causa general contra el independentismo.

Precisa el TS que Junqueras “no fue condenado por su ideología independentista. Fue declarado autor de un delito de sedición en concurso con un delito de malversación de caudales públicos”. Y remacha la aclaración: “Nadie cumple condena en un Centro Penitenciario por sus ideas políticas. Buena prueba de ello es que el gobierno autonómico de Cataluña, en la actualidad, está presidido por un dirigente (Aragonés) del mismo partido político (que Junqueras) --y, por tanto, de la misma ideología”.

Pere Aragonès, Presidente en funciones de la Generalitat y Roger Torrent, Presidente del Parlament, --las máximas autoridades autonómicas de Cataluña y ambos de ERC-- hacen gala de su ideología independentista de palabra y por escrito tantas veces como les place, sin que nunca hayan sido imputados por ello.  

Tamaña contradicción: ideología independentista libremente expuesta y el embuste de pretender que se les persigue por esa ideología ni les corta ni da qué pensar a los crédulos seguidores del independentismo.

Torrent se permite, al enjuiciar el Auto del TS, negar la separación de poderes incluso con tosquedad discursiva: “El Gobierno (de España) es incapaz de parar los pies a los enemigos del diálogo”, o sea el Gobierno debería señalar al TS (enemigo del diálogo) lo que tiene que decidir.

Les importa un comino la separación de poderes y la independencia del poder judicial. Por eso resulta tan fuera de lugar la impertinente reivindicación del locuaz Pablo Iglesias en el sentido de que ERC (junto con Bildu) participe en las negociaciones para la renovación del Consejo General del Poder Judicial, órgano que vela por la garantía de la independencia de los jueces y magistrados frente a los demás poderes del Estado.

Del Auto de revocación del tercer grado se puede deducir con bastante certeza que el informe preceptivo del TS en los expedientes de indulto será negativo.

Por una parte, el TS recuerda que en su sentencia del 14 de octubre no hubo "quiebra del principio de proporcionalidad” (en la fijación de la pena) --algo que de existir justificaría el indulto.

Y, por otra parte, los condenados no necesitan renunciar a sus ideas, que no son punibles, pero sí que lo fueron sus actos. Y de estos no sólo no se arrepienten, sino que amenazan con “volverlo a hacer”.

El TS podría estimar que con el indulto los niveles de riesgo de reincidencia de los condenados serían elevados.