La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la inmunidad de Oriol Junqueras significa un serio revés para el Tribunal Supremo español. Sentado esto, que es indiscutible, las interpretaciones del fallo y de sus consecuencias son diversas, como siempre ocurre en Derecho.

En síntesis, el TJUE dictamina que Junqueras era eurodiputado electo a todos los efectos desde el 13 de junio, día de la proclamación oficial de los resultados electorales del 26 de mayo, y que no necesitaba ningún requisito adicional, como jurar o prometer la Constitución española. En consecuencia, desde ese día gozaba de inmunidad, debía habérsele permitido tomar posesión de su escaño, debía cesar la prisión preventiva en que se encontraba y ser puesto en libertad y el Supremo había de solicitar al Parlamento Europeo el suplicatorio para que se le retirara la inmunidad.

En todo este proceso, el Supremo ha cometido al menos dos fallos procesales. El primero, no permitir a Junqueras salir de prisión para jurar o prometer la Constitución ante la Junta Electoral Central --algo incomprensible, pues sí que se le permitió cuando fue elegido diputado del Congreso-- ni tomar posesión de su escaño en Estrasburgo, aduciendo que existía un riesgo de fuga que podía haberse atenuado con vigilancia policial. El segundo, dictar sentencia contra Junqueras y los otros procesados el 14 de octubre, sin esperar a la decisión sobre la cuestión prejudicial presentada por el propio Supremo ante el TJUE. A propósito de esto, hay que recordar que la cuestión prejudicial es una iniciativa del Supremo, que no estaba obligado a hacer, lo que deja en mal lugar los argumentos del independentismo cuando hablan de justicia europea buena frente a española mala.

Una vez queda claro que Junqueras disponía de inmunidad, la cuestión que se plantea es si la sentencia del TJUE anula el proceso, como dicen Junqueras y su abogado, que reclaman además la libertad inmediata de todos los condenados, o solo sería nula la sentencia y únicamente en el caso del líder de ERC. Junqueras era eurodiputado desde el 13 de junio y el juicio acabó justo el día anterior por lo que parece claro que la nulidad, en todo caso, solo afectaría a la sentencia. El TJUE deja a criterio del Supremo la decisión sobre las consecuencias de su decisión en el proceso penal y por eso la sala presidida por Manuel Marchena ya ha pedido que las partes presenten sus alegaciones. Lo más lógico sería retrotraer el caso al 13 de junio, dejar en libertad al líder de ERC hasta que se resuelva el suplicatorio y, cuando el Parlamento Europeo lo conceda, dictar sentencia de nuevo. No está claro que el Supremo lo haga, aunque se expone a que el propio TJUE o el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo le enmienden de nuevo la plana.

La sentencia del TJUE afecta también a Carles Puigdemont, Toni Comín, que ya se consideran eurodiputados y tienen la acreditación provisional, y a Clara Ponsatí, cuando se vayan los eurodiputados británicos. Esta es una de las consecuencias políticas más importantes de una decisión que sacude el tablero de la política catalana y española, y puede comportar un reforzamiento de Junts per Catalunya que esté en disposición de amargarle de nuevo las elecciones a ERC. La sentencia beneficia, paradójicamente, a uno de los personajes, Puigdemont, que más había descalificado a las instituciones de una Europa que consideraba “decadente”. Ahora parece que ya no lo es y por eso su vicario, Quim Torra, se ha apresurado a colocar la bandera azul de las 12 estrellas en el Palau de la Generalitat. Cosas de la vida.

La reacción de Puigdemont cuando Europa no le hacía caso es parecida a la que sectores ultramontanos están montando con esa campaña ridícula del Spexit, que promueve la salida de España de la UE en respuesta por la sentencia del TJUE. En cualquier caso, la batalla judicial no ha terminado porque los tribunales españoles se supone que solicitarán los suplicatorios de los cuatro eurodiputados --Junqueras, Puigdemont, Comín y Ponsatí-- y, si no sucede nada extraño, deberían ser concedidos, ya que los hechos que se les imputan son anteriores a su condición de eurodiputados y la inmunidad solo alcanza al periodo del mandato.

Tampoco la batalla política está decidida. La sentencia del TJUE tendrá --ya la está teniendo-- influencia en las negociaciones PSOE-ERC sobre la investidura. Pero, más allá de las gesticulaciones eufóricas y de las declaraciones rimbombantes, los datos básicos no han variado y Esquerra deberá plantearse si le conviene romper, quizá para no arriesgarse a perder en Cataluña, o contribuir a la formación de un Gobierno entre el PSOE y Unidas Podemos, que sigue siendo la solución menos mala para enfocar el conflicto catalán hacia una salida política.