Por supuesto que sí. Y no necesariamente porque sean de paraíso fiscal, sino sobre todo por su inconsistencia, por su falta de sentido.

El Parlament aprobó el miércoles una ley que grava los “activos no productivos de las personas jurídicas”, o sea los bienes que figuren a nombre de empresas y que no generen valor. Por ejemplo, un barco --siempre que tenga más de ocho metros, porque al parecer los más pequeños sí son productivos--, joyas, un avión; cosas así.

La nueva figura impositiva tenía que llamarse impuesto sobre las grandes fortunas, pero las renuencias de CDC hicieron que la iniciativa antirricos de la CUP, con la que el Govern le paga su apoyo a los Presupuestos, derivara en esta otra, más bien antiempresa.

No solo es un impuesto que grava algo ya gravado, a través de patrimonio y sucesiones, sino que solo tiene la justificación de penalizar la tenencia de ciertos bienes por parte de las empresas, como si éstas no tuvieran derecho a comprar lo que les venga en gana.

Las personas jurídicas, como las físicas, pueden adquirir lo que consideren conveniente, siempre que cumplan con la ley. Una empresa puede tener entre sus activos un yate o un avión si están declarados y no es una tapadera para uso personal eludiendo así el pago de impuestos. La normativa y la inspección de Hacienda saben mucho de eso. Que les pregunten si no a ilustres familias catalanas, como los Carulla o los Godia, que aparcaban los barcos a nombre de sus empresas, pese a que eran de su uso exclusivo. Ambos tuvieron que pagar, aunque evitaron la trena por ser quienes son.

Los grandes empresarios con avión propio, por ejemplo, lo suelen poner a nombre de una empresa, a la que luego ellos mismos lo alquilan. Los inspectores fiscales determinan en cada caso si es una artimaña o solo una optimización. Y en eso tiene mucho que ver si el avión es alquilado por otros empresarios o si en realidad tiene un único cliente.

O sea, que todo está inventado. Lo que ya contempla un tributo no puede ser objeto de otros distintos; y lo que es delito no tributa, sino que es sancionado

O sea, que todo está inventado. Lo que ya contempla un impuesto no puede ser objeto de otros tributos; y lo que es delito no tributa, sino que es sancionado y paga recargo, incluso prisión quien lo comete.

La nueva ley catalana es solo el “placebo” al que se refería el portavoz de Catalunya Sí que Es Pot en el debate parlamentario.

A la misma hora en que el Cámara catalana perdía el tiempo construyendo la cortina de humo de este impuesto, el antiguo jerarca nacional desfilaba bajo escolta policial camino del registro de su oficina, como su primogénito, que había salido de prisión por unas horas con el mismo destino.

Se trataba de una cuestión menor, según la definición de su sucesor en Palau: es un tema de “patrimonio familiar”, dijo Carles Puigdemont en respuesta a quienes tímidamente le preguntaban sobre el escándalo. Para los radicales de la CUP, es algo que afecta a una familia especial, que no es la del “tercero segunda”, en ocurrente y huidiza definición de Anna Gabriel: todo el mundo mira hacia otro lado.