El empresario Silvio Elías ante su chalé en Pedralbes que deberá derribar de forma parcial por orden del TSJC / CG

El empresario Silvio Elías ante su chalé en Pedralbes que deberá derribar de forma parcial por orden del TSJC / CG

Artes

El TSJC obliga a Silvio Elías a derribar uno de sus dos chalés en Pedralbes

Los magistrados han anulado la licencia de construcción que se otorgó en 2014 al considerar probado que incumple el Plan General Metropolitano de Barcelona

17 septiembre, 2019 00:00

El empresario Silvio Elías dispone de tres meses para ejecutar el “derribo íntegro” de una de las dos viviendas unifamiliares que construyó a principios de la década en una parcela de 2.000 metros cuadrados situada en el exclusivo barrio de Pedralbes de Barcelona por incumplir el Plan General Metropolitano. Así lo ha decidido la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en una sentencia firmada por los magistrados Manuel Táboas Bentanachs, Francisco López Vázquez y Eduardo Rodríguez Laplaza que ha sido notificada a las partes este lunes.

La pugna judicial que ha llevado a que el presidente de la Comisión Económica Estatutaria de la directiva del FC Barcelona e impulsor de la cadena de supermercados Veritas, entre otros proyectos empresariales, deba despedirse de uno de los chalés y de una de las plantas o del sótano del inmueble que quede en pie en su vivienda habitual se inició en 2014. Fue entonces cuando su vecino, el empresario José Ricardo Gómez, que consiguió una fortuna al inventar los sobres de azúcar con cucharilla dentro, le denunció por el incumplimiento urbanístico.

Vistas de su vecino

La razón de fondo de la causa es que las dos casas unifamiliares de los Elías le tapaban las vistas desde su inmueble, cuestión destacada porque tiene un impacto en el valor en el mercado de la vivienda afectada. Fue en ese momento cuando se inició el periplo judicial de la mano del Despacho J. Soria Abogados que ha acabado con la victoria del denunciante ante el TSJC.

De forma previa, tuvo que encajar una derrota en primera instancia y un informe pericial en que se concluía que las construcciones de la familia Elías cumplían con todos los preceptos legales que reclama el Ayuntamiento de Barcelona. Los magistrados del TSJC han dictaminado que los honorarios de este último “deberán ser asumidos por terceras partes” en la sentencia publicada.

Distrito de Sarrià

Los inmuebles que se deberán modificar se empezaron a planear a finales de 2011, poco después de que Xavier Trias (PDeCAT) llegase a la alcaldía de Barcelona. El 24 de noviembre de ese año, los responsables de las obras solicitaron la licencia por la “construcción de dos viviendas unifamiliares aisladas en una única parcela”, sita en la calle Joan d’Alòs de Barcelona. Los servicios técnicos municipales emitieron un informe favorable sobre el proyecto en marzo de 2012 y a finales de ese mes se concedió la licencia que autorizaba la construcción.

El ayuntamiento de la capital catalana ya tuvo constancia de los primeros problemas con este proyecto en agosto de 2013. El día 1 de ese mes tuvo lugar una inspección municipal en la que se advirtió de que “las obras que se estaban desarrollando no eran legalizables por vulnerar hasta un 10% los parámetros” establecidos. Superaba la “densidad de viviendas, números de establecimientos, techo, altura, volumen, situación de la edificación y ocupación permitida”, tal y como recoge el TSJC.

Primer informe archivado

La propiedad justificó la excavación de un foso entre las dos edificaciones que proporcionaba ventanas en la “planta segundo sótano”, uno de los elementos que se censuraba en el primer informe, tres meses después, y se archivó el expediente. En ese momento Rodríguez Laplaza y J. Soria Abogados ya habían dado los primeros pasos de la demanda que ahora ha sido admitida por el Alto Tribunal catalán.

Los recursos de alzada que presentaron entonces en el Ayuntamiento fueron desestimados. El caso recayó en manos de la gerencia del distrito de Sarrià-Sant Gervasi, que a lo largo de todo el proceso judicial ha defendido la pulcritud de la obra de la familia Elías. Los denunciantes tampoco obtuvieron respuesta positiva de la alcaldía, que en enero de 2015 declaró extemporáneas las reclamaciones que había recibido al considerar que se habían presentado fuera de plazo.

Recurso de casación

En ese momento, Trias seguía como primer edil de la ciudad, aunque el papel del consistorio en la causa no varió a lo largo del primer mandato de Ada Colau. Cabe tener en cuenta que en ese momento su margen de actuación era limitado, ya que la denuncia ya había sido admitida a trámite y se había iniciado la instrucción.

La decisión del TSJC de revocar la decisión de primera instancia y de obligar a Silvio Elías a derribar gran parte de su vivienda habitual en Pedralbes no es una sentencia en firme. El empresario y su familia aún pueden presentar un recurso de casación ante la misma sala y sección del Alto Tribunal catalán para defender su inversión inmobiliaria. Con todo, deberán recurrir a argumentos de peso para hacer cambiar el parecer de los magistrados que han llevado el caso. Aún disponen de varias semanas para decidir si mantienen vivo el litigio o si tiran la toalla.