Todas las personas que practican el deporte federado están obligadas a tener una licencia federativa. Incluidos, también, árbitros y entrenadores. Una para cada uno de los deportes. La finalidad de la licencia es contribuir al sostenimiento de la federación deportiva y tener un seguro de accidentes, obligatorio tanto en competiciones nacionales como autonómicas.
Sobre el seguro, ya lo establece el artículo 59.2 de la Ley del Deporte cuando dice: “Con independencia de otros aseguramientos especiales que puedan establecerse, todos los deportistas federados que participen en competiciones oficiales de ámbito estatal deberán estar en posesión de un seguro obligatorio que cubra los riesgos para la salud derivados de la práctica de la modalidad deportiva correspondiente. En el caso de que la asistencia sanitaria sea prestada por una entidad distinta a la aseguradora, esta última vendrá obligada al reintegro de los gastos producidos por dicha asistencia, conforme a lo establecido en el artículo 83 de la Ley General de Sanidad”.
La Seguridad Social no se hace cargo
O sea, de la última información del artículo 59.2, se extrae que las lesiones y los accidentes sufridos en la práctica deportiva son por cuenta de la entidad aseguradora de cada federación deportiva. Para ello, cada federación debe informar a sus deportistas de los centros médicos a los que debe acudir en caso de accidente o lesión. Si el deportista acude por su cuenta y riesgo a un centro no concertado por su compañía de seguros, será el propio accidentado quién se hará cargo de las curas o tratamientos.
Por supuesto, en caso de gravedad, el herido deportivo debe ser llevado al centro médico más próximo o mejor preparado, y eso suele ser un hospital de la Seguridad Social, pero incluso en ese caso los gastos económicos ocasionados por las atenciones recibidas pueden ser reclamados a la compañía aseguradora o al propio interesado.
La cuota del gimnasio incluye un seguro de accidentes / EFE
Esto es igual para quienes practican deporte o hacen ejercicio en un gimnasio. Aunque no lo indique expresamente, la cuota del gimnasio incluye un seguro de accidentes. Así que si usted se hace daño practicando en alguna máquina debe preguntar al personal del gimnasio a qué centro médico debe acudir, pues es muy posible que no le atiendan en la Seguridad Social ni en su propia mutua privada, a menos que tenga especialmente contratada esta contingencia.
Las licencias deportivas
La Ley del Deporte referida unas líneas más arriba es del año 1990. Al año siguiente se publicó el Real Decreto 1835/1991 sobre Federaciones deportivas españolas, en cuyo artículo 7 se incide más en esta cuestión, cuando se dice que en todas las licencias deportivas debe constar la información siguiente: seguro obligatorio a que se refiere el artículo 59.2 de la Ley del Deporte; cuota correspondiente a la federación deportiva española, y cuota para la federación deportiva de ámbito autonómico.
Estos tres conceptos no han cambiado a pesar de la entrada en vigor de la llamada “Licencia única”, documento expedido por una federación deportiva autonómica que posibilita al deportista a participar en cualquier competición oficial en cualquier parte del país.
Una norma que no se cumple
Muchas federaciones deportivas autonómicas y aún españolas no cumplen con estos requisitos. Algunas no incluyen el precio en la propia licencia, y muchas de las que lo incluyen no desglosan el montante de su importe según lo que indica el Real Decreto citado. En muchos casos cuesta encontrar el precio de la licencia en la web correspondiente, debido, en numerosas ocasiones, a la variedad de los mismos según las modalidades y disciplinas de cada deporte. O si se indica el precio global, no aparece el desglose correspondiente.
Hay que pensar que existen 66 federaciones deportivas españolas y la mayoría de ellas están replicadas en cada una de las Comunidades Autónomas; también hay federaciones autonómicas en deportes para los cuales no existe federación estatal. O sea, que calculando casi 1.000 entidades no es extraño que se produzcan errores.
¿Cuál es mi compañía?
De entre todos estos seguramente el problema más grave es desconocer cuál es la compañía que corresponde a cada deportista. Durante años muchas federaciones deportivas contrataban sus seguros con una entidad estatal denominada Mutualidad General Deportiva, pero los abusos –externos e internos- dieron al traste con ella. Desde entonces cada emisor de licencia contrata su seguro con la compañía que le place, siempre con unos mínimos legales exigidos por la Ley.
Los deportistas de una misma federación puede que estén asegurados en compañías distintas
Esa compañía puede variar cada temporada del mismo modo que cada uno es muy libre de asegurar el automóvil donde más le convenga. Puede suceder, entonces, que deportistas de una misma federación estén asegurados en compañías distintas. Y sucede, sin ninguna duda, que en una misma competición de ámbito estatal se puedan dar cita deportistas que están asegurados en compañías distintas según su federación autonómica y que, por lo tanto, en caso de lesión, deben acudir a centros médicos diferentes.
En estos casos, el organizador del acto deportivo se ve imposibilitado de indicar uno u otro hospital o clínica, pues el que corresponde a cada cual depende de la compañía de seguros. Aunque, afortunadamente, muchas compañías aseguradoras comparten centros médicos.
Información en la web
Por el contrario, la mayoría de las páginas web de las federaciones deportivas indican cuál es la compañía de seguros, los centros médicos a los que acudir, los protocolos de actuación, si es necesario disponer de un parte de accidente previo al acto de acudir a la consulta, y hasta de las cuantías aseguradas, que no son muy altas, entre otras muchas informaciones.
Lo normal es que por una muerte accidental los beneficiarios cobren unos 6.000 euros, o 12.000 euros en caso de invalidez permanente. Es obvio que las coberturas son más bien bajas, pero es que los precios de las licencias deportivas son también muy bajos. En cambio, los gastos de rehabilitación suelen ser ilimitados hasta un máximo de 18 meses. Pero, naturalmente, cada cual es muy libre de contratar aparte pólizas más generosas.