La Audiencia Provincial de Cáceres ha confirmado la condena a tres años de cárcel para un hombre que golpeó en la cabeza a su mujer con una sartén. El Juzgado de lo Penal fue el que lo condenó, pero el acusado recurrió la sentencia para que le rebajaran la pena a dos años con el fin de evitar ingresar en prisión.
Fue juzgado por un delito de violencia de género por unos hechos que ocurrieron el 24 de febrero de 2019 en el domicilio familiar que poseían en la localidad de El Batán. Ambos implicados vivían junto a sus dos hijas, menores de edad, una de las cuáles contempló la agresión.
La agredió frente a una de las hijas
El condenado, Ezequiel, y su exmujer, Nuria, empezaron a discutir en la cocina frente a una de sus hijas. En un momento dado, y por sorpresa, Ezequiel cogió una sartén de grandes dimensiones y comenzó a golpearle con ella en la cabeza.
La mujer intentó zafarse de la agresión, pero el hombre la agarró con fuerza por el brazo y trató de subirla por unas escaleras hasta la parte superior de la casa. En ese momento, Nuria cayó al suelo y aprovechó para salir a la calle y pedir ayuda.
61 días para curarse las heridas
El acusado la siguió, la tiró al suelo en la acera y la inmovilizó para impedir que huyera. Más tarde la soltó pero, tal y como señala la sentencia, únicamente lo hizo cuando aparecieron en el lugar varias personas en auxilio de la mujer.
Las heridas tardaron 61 días en curar, y la mujer necesitó de varios puntos de sutura en la cabeza. Además, le inmovilizaron uno de los dedos de la mano ya que, durante la agresión, se lo fracturó. El Juzgado de lo Penal lo condenó a tres años de prisión al aplicarle la atenuante de reparación del daño, ya que antes del juicio entregó una indemnización para la víctima de 4.970 euros.
Trató de evitar ingresar en prisión
Por el miedo a tener que ingresar en la cárcel, Ezequiel recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial. Pretendía que le rebajaran la pena a dos años, pero el tribunal ha confirmado íntegramente la sentencia.
Por ello, se le impone la prohibición de acercarse o contactar con su exmujer durante cinco años, además de tener que indemnizarla con 4.943 euros más. También le fueron impuestas las costas, incluidas la de la acusación particular.