La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso que una empresa de transporte presentó contra el laudo dictado en marzo de 2018 que la obligó a indemnizar con casi 8.000 a una compañía de seguros por el robo en Barcelona de teléfonos móviles que fueron valorados en dicha suma.



La sentencia señala que el laudo dictado por la Junta Arbitral de Transportes de la Región de Murcia estimó la reclamación hecha por la aseguradora Tokio Marine a la empresa de reparto.



Los hechos que determinaron esa resolución estuvieron constituidos por la sustracción de los teléfonos móviles propiedad de la firma asegurada, cuyo valor fue abonado por la demandante como empresa aseguradora.

Reclamación de 8.000 euros

En su recurso, la demandada pidió la nulidad del auto basándose en la normativa que prevé esa posibilidad en el caso de que no se haya notificada la designación del árbitro o no haber podido, por alguna otra razón, hacer valer sus derechos.



La Sala del TSJ, al desestimar el recurso, dice que no se observa anomalía alguna, "hallándose el auto convenientemente motivado", y añade que no existe prueba alguna de que por vía extraprocesal la demandada haya hecho pago alguno de los casi 8.000 euros que le fueron reclamados y que el laudo aprobó.