El Juzgado de lo Penal número 1 de Málaga ha condenado a un año de prisión a un religioso que era administrador de un colegio de la capital malagueña por posesión de pornografía infantil. Además, se le impone la inhabilitación para cualquier profesión relacionada con menores y un año de libertad vigilada.
Según se señala en la sentencia, los archivos se encontraron en el registro practicado en 2012 en una habitación reservada del centro, perteneciente a una orden religiosa, que el acusado tenía para su uso.
Distribuidora de pornografía infantil canadiense
Así, se indica que le fueron intervenidos nueve lápices de memoria, tres tarjetas, dos discos duros internos y diez externos, 128 DVD "con vídeos sobre naturismo" y seis carpetas encriptadas, de las que el acusado no quiso dar la contraseña.
Los vídeos, según la resolución, fueron adquiridos a una empresa "distribuidora de pornografía infantil" investigada por la Interpol de Otawa, Canadá. En los ordenadores había archivos creados y encriptados por el acusado.
Aparente temática naturista
Asimismo, la sentencia afirma que un disco duro recogía "1.727 ficheros de imágenes de contenido naturista" que habían sido recuperados a pesar de haber sido eliminados, mientras que en otro soporte se recuperó otro archivo de esa misma temática.
Además, en el análisis de una memoria USB se recuperaron 1.984 ficheros de imágenes y vídeos, "todos ellos con aparente temática naturista pero desarrolladas en entornos cerrados en las que se muestra a menores de edad desnudos, casi todos preadolescentes y con numerosas escenas focalizadas en la zona genital".
Imágenes centradas en la zonas genitales
La magistrada señala que "con estas imágenes y bajo el amparo de una supuesta temática naturista, el acusado satisfacía su ánimo libidinoso".
Para la jueza, la temática de las imágenes "no es propiamente naturista como tal, sino que amparado en esta temática se crea una excusa personal para acceder al visionado de imágenes de menores desnudos, y localizadas o centradas muchas de dichas imágenes en la zona genital de los menores", sin que exista contacto con la naturaleza.
Pornografía infantil encubierta
Asimismo, se indica que son imágenes "obviamente creadas en el entorno de un centro cerrado y con evidente ánimo libidinoso, ánimo por otro lado que el propio acusado ha reconocido en el acto del plenario, a preguntas de esta juzgadora, en la que reconoce que las imágenes de los menores le provocaban excitación sexual", todo ello "moralmente inadecuada máxime para una persona con la posición académica y religiosa que ostenta el acusado".
Además, precisa que se realizan previamente "una presentación de los menores intervinientes vestidos", entendiendo por todo ello que el contenido "es propiamente de posesión de pornografía infantil, aunque no se trate de una actividad sexual explícita, y sí encubierta por la naturalidad del desnudo de los menores preadolescentes".
Similar a los "cuadros de Sorolla"
El acusado reconoce que compró a una operadora canadiense los vídeos con una de sus tarjetas de crédito y que en las mismas se veían imágenes de niños desnudos "puesto que le gusta el naturismo, pese a que no lo practica". También afirma que la temática de esos vídeos "son una situación normal en esos países", que estéticamente le parecen "situaciones agradables, asimilando las escenas con algunos de los cuadros de Sorolla".