La nueva Ley de Tráfico ha puesto el foco en los ciclistas. La nueva norma en vigor desde el pasado 21 de marzo introduce sustanciales novedades no solo para los conductores de vehículos, sino que también para todas aquellas personas que transitan en bicicleta.
El nuevo marco legal se trata de una actualización de la Ley de Tráfico de 2015 y desde la DGT señalan haberse centrado en agravar las sanciones previstas para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo durante la conducción.
El abecedario de los ciclistas
Es por ello, que antes de echarse a las carreteras, han querido recordar a los ciclistas las tres normas básicas que deben cumplir. Por medio de una publicación en Twitter, el organismo remarca que si se circula en bicicleta es obligatorio señalizar maniobras como giros, cambios de sentido y de carril.
Además, señala que en ciudad y carretera, es recomendable circular por carriles bici si están disponibles. De no ser así, deberán circula por la calzada, situándose en lo máximo posible a la derecha del carril en el que circulan. Deberán dejando una separación de seguridad con el bordillo o con los vehículos estacionados.
Tasa de alcoholemia permitida
En caso de ir en grupo deberán contar con una orden y deberán transitar por el medio del carril en columna de dos como máximo. En ciudades, el casco protector es obligatorio solo para los menores de 16 años. Para los demás ciclistas es solo recomendable y siempre aconsejable.
La última recomendación lanzada por la DGT tiene que ver con la tasa de alcohol máxima permitida. Los valores vigentes para el resto de conductores --0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro--también afectan a los ciclistas. Si son requeridos por un agente, están obligados a someterse a un control de alcoholemia. En caso de dar positivo, la multa oscilará entre 500 y los 1.000 euros, según la tasa y la reincidencia.