¿Qué harías si te encontraras dinero por la calle? Si la respuesta es quedártelo, debes saber que puedes tener serios problemas con la ley.

No se trata de que las autoridades puedan exigir su devolución, si logran enterarse de la apropiación, sino que incluso pueden pedir que se pague una multa adicional.

De la sanción a la cárcel

"Serán castigados (..), los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido". Este es el texto del artículo 253 del Código Penal.

Esto se traduce en que, quien incumpla la legislación, puede enfrentarse desde multas a varios años de cárcel, en función del dinero que uno se apropie. La pena mínima es de uno o tres meses de multa si la cantidad que uno se apropia es de 400 euros. La máxima es la condena a dos años de prisión.

Código Civil

Lo detalla el artículo 254, la apropiación “de una cosa mueble ajena, será castigado con una pena de multa de tres a seis meses. Si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de prisión de seis meses a dos años. Si la cuantía de lo apropiado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a dos meses". Por cosa mueble se entiende también dinero.

De este modo, y tal y como indica el artículo 615 del Código Civil, lo que debe hacerse en caso de encontrarse un objeto ajeno es restituirlo a su anterior poseedor y si no se conoce, entregarlo en la oficina de objetos perdidos.

Benificios

Eso no implica que el Ayuntamiento de turno se pueda quedar con ello. El dinero o los objetos encontrados pueden ser recuperados por la persona que lo ha encontrado, siempre y cuando su dueño no lo haya reclamado.

La ley también contempla qué sucede si el propietario aparece pasados estos dos años. Éste deberá darle el 10% de la cosa encontrada o de su valor al hallador, incluso un 20% si su previo supero los 12 euros.

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