Añadir a la alguien en un grupo de Whatsapp es algo muy común y suele ser muy práctico para difundir un mismo mensaje a un grupo de personas. Sin embargo, pocas personas conocen la legalidad de esa acción, al igual que el concejal de Boecillo. El político creó un grupo de WhatsApp con la finalidad de mantener a todos los habitantes informados sobre temas relacionados con el Ayuntamiento, pero olvidó que al ser un grupo de 255 integrantes, se vulneraba el derecho a la privacidad de cada una de estas personas, ya que los miembros de dicho grupo podían acceder a los números de teléfono del resto, sin tener un permiso explícito de ellos. 

Al no pasar por una notificación previa a la inclusión, el político estaba vulnerando la privacidad telefónica de estas personas y uno de los añadidos decidió denunciar los hechos.

Tras la petición de la AEPD para entegrar pruebas escritas del consentimiento de cada uno de los miembros, el político de Boecillo solo pudo facilitar los permisos de 37 miembros. De esta forma, la Ley Orgánica de Protección de Datos, estipulaba que existían 218 infracciones graves por hacer visible de forma electrónica el número de teléfono las personas que integraban la comunidad en la aplicación móvil.

Según el citado medio, no se va a imponer ninguna multa puesto que el grupo fue clausurado rápidamente por otro de los concejales integrantes, después de recibir las quejas de viarios miembros, aunque si no se hubiera actuado con rapidez puede acaba con un sanción económica que dictamine un juez en un juicio rápido.