Fachada del Tribunal Supremo / EP

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El Supremo anula la tasa del Ayuntamiento de Badalona a los pisos vacíos de bancos

El alto tribunal considera la medida como irregular y arbitraria y ya ordenó la retirada de una similar en Barcelona

14 julio, 2020 14:07

El Tribunal Supremo ha anulado la tasa impuesta por el Ayuntamiento de Badalona (Barcelona) a las viviendas vacías propiedad de bancos, y ha atendido así el criterio de la Sareb, el banco malo español, que se oponía a la aplicación de dicha tasa.

El pleno del Ayuntamiento de Badalona acordó por unanimidad gravar con un recargo del 50% el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) de las viviendas propiedad de bancos y fondos de inversión inmobiliarios que estuvieran vacías.

Medida arbitraria

En julio de 2019, el alto tribunal ya anuló un impuesto similar aprobado por el Ayuntamiento de Barcelona, que también han secundado en Sabadell (Barcelona) y Lleida.

En esta ocasión, la sala de lo contencioso define la tasa como "irregular, incluso arbitraria", pues su objeto es "sufragar el coste de un servicio consistente en actividades de control o vigilancia" sobre viviendas que pueden llevar a la apertura de un expediente o a una sanción.

Competencia autonómica

De hecho, prosigue la sentencia, "la sorprendente configuración de la cuota se asemeja más a una sanción que a la remuneración de un servicio que se obtiene en beneficio del sujeto pasivo", una cantidad fija por la utilización anómala de la vivienda, lo que "ya permite sospechar que la naturaleza de la figura que nos ocupa se aleja del régimen legal de la tasa".

La imposición de este tipo de tasa no es competencia de los entes locales, sino, en el caso de Badalona, de la Generalitat de Cataluña. Las tasas municipales no pueden "en modo alguno perseguir tales objetivos de incentivar la ocupación o penalizar o sancionar el supuesto uso anómalo de las viviendas vacías", sino sólo autofinanciar el coste directo o indirecto de la correspondiente actividad administrativa a modo de contraprestación, según establece la sentencia.