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Solicitud de rectificación de Ada Colau

15 noviembre, 2021 12:51

Solicitud de rectificación de la alcaldesa de Barcelona, la Sra Ada Colau, al artículo publicado el 05 de noviembre de 2021 con el título Nace la empresa mixta de vivienda de Barcelona pese al ‘no’ histórico de Colau, conforme a la disposición del artículo 1 y siguientes de la LO 2/1984, de 26 de marzo, de Derecho de Rectificación, en relación al artículo 85.2 de la LOPDGDD:

“El Ayuntamiento de Barcelona quiere expresar su total discrepancia ante las informaciones aparecidas en la publicación digital CRÓNICA GLOBAL, en el artículo publicado el 5 de noviembre de 2021 titulado ‘Nace la empresa mixta de vivienda de Barcelona pese al ‘no’ histórico de Colau’, por lo que aquí ejercitamos nuestro derecho de rectificación, al cual avalan los siguientes datos y hechos:

Que la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, ha sido la principal impulsora de la creación de la empresa mixta de vivienda desde que accedió a la alcaldía en el año 2015.

La razón por la que el proyecto quedó paralizado en el año 2015 fue por la existencia de elecciones municipales en el año 2015, año en que se retomó la iniciativa del proyecto liderado conjuntamente por el Ayuntamiento de Barcelona y el Área Metropolitana de Barcelona (AMB). Se puede apreciar dicho liderazgo mediante en análisis de dos documentos aprobados por el Ayuntamiento de Barcelona y la AMB en que se prevé la creación de una sociedad de economía mixta que complemente las actuaciones públicas que desarrollan el Ayuntamiento y el AMB en el ámbito de la vivienda social, a través del Patronato Municipal de la Vivienda (actualmente Instituto Municipal de Vivienda y Rehabilitación) y de la IMPSOL, respectivamente. Concretamente, los documentos son:

a)Ayuntamiento de Barcelona: Plan por el Derecho a la Vivienda 2016-2025.

b)AMB: Directrices de la política metropolitana de vivienda 2016-2020.

Que para la constitución de esta sociedad el Ayuntamiento de Barcelona inició el expediente ME 2017-12/14 y la AMB el expediente 1958/17 de acuerdo con el procedimiento que establece la legislación del régimen local para el ejercicio de actividades económicas, y, en concreto, las previsiones de los artículos 136 y siguientes del Reglamento de Obras, Actividades y Servicios de los Entes Locales, aprobado por Decreto 179/1995, de 13 de junio; procedimiento complejo y de larga duración que incluye, además de la elaboración de memorias y documentos correspondientes, diversos trámites de participación ciudadana e información pública. Este procedimiento concluyó en el mes de junio de 2018 con la constitución de una sociedad de capital íntegramente público (50% del Ayuntamiento y 50% del AMB).

A continuación, en el mes de julio de 2018, se iniciaron los trámites para incorporar un socio privado que había de concurrir a la ampliación de capital adquiriendo el 50% de las acciones de la que sería la futura sociedad mixta o de colaboración público-privada. Este procedimiento, a llevar a cabo cumpliendo los principios y reglas de la contratación pública, se inició con una consulta preliminar de mercado publicada concretamente el 26 de julio de 2018.

Analizadas las aportaciones recibidas, se desarrolló el procedimiento de licitación conforme a la legislación de contratos del sector público elaborando los correspondientes documentos contractuales (pliego de condiciones, propuesta de estatutos sociales de la empresa mixta a constituir, etc) y publicando los correspondientes anuncios. Este procedimiento finalizó el 1 de octubre de 2019 declarándose desierto porque la oferta presentada no cumplía con los requisitos legales, conforme se publicó oportunamente.

A continuación y de acuerdo con la legislación aplicable, se tramitó nuevo procedimiento de contratación que ha finalizado con la selección del socio privado y la adjudicación y formalización del correspondiente contrato y los demás trámites exigidos por la legislación para constitución de la empresa mixta (Habitatge Metròpolis Barcelona SA).

Por todo ello, el gobierno encabezado por la alcaldesa Colay ha impulsado desde el primer momento la puesta en marcha del operador público-privado, sujetándose a los trámites impuestos legalmente, sin que el hecho de haberse declarado desierto un primer concurso, lo cual ha supuesto un considerable retraso, sea imputable a las administraciones públicas integrantes de la sociedad de vivienda mixta”.