Sede de la compañía Gas Natural en Barcelona / EFE

Sede de la compañía Gas Natural en Barcelona / EFE

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La otra batalla del Gobierno catalán contra Gas Natural

La compañía, enfrentada a la Generalitat por la muerte de una anciana en Reus, pierde un pleito judicial sobre la grave avería que dejó sin gas a 4.000 abonados en 2012 en Barcelona

23 noviembre, 2016 00:00

Gas Natural ha perdido un pleito judicial que, desde hace tres años, mantenía con la Generalitat en relación a la grave avería ocurrida en 2012 en el barrio del Poblenou de Barcelona, que dejó sin gas a 4.000 abonados. La sentencia, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), se ha conocido en pleno pulso entre la compañía gasística y el Gobierno catalán a raíz de la muerte de una anciana en Reus (Tarragona). Y condena a Gas Natural a pagar las costas del proceso.

Los hechos judiciales se remontan a noviembre de 2013, cuando Gas Natural Distribución SDG, SA presentó un recurso en la Sección Quinta de la Sala Contencioso-Administrativa del TSJC contra la Consejería de Empresa de la Generalitat en el que pedía que se anulara el archivo de un expediente sancionador contra Agbar. La Generalitat exculpó a esta empresa del corte del suministro de gas a 4.000 abonados en pleno invierno.

Mientras Agbar culpó en su día a las obras que la compañía Fecsa-Endesa realizaba en la zona, Gas Natural siempre ha sostenido que la responsabilidad fue de la compañía de aguas y así lo ha defendido durante tres años ante la justicia. Según Gas Natural, Agbar incurrió en una infracción grave porque las instalaciones no cumplían con los requerimientos de distancia en la red de gas ni se habían instalado las correspondientes separaciones.

Intervenciones posteriores

Asimismo, según Gas Natural, Agbar intervino en la zona en 1996 y 1997, con posterioridad a la recurrente, y que las actuaciones realizadas entre 2000 y 2006 por el Ayuntamiento de Barcelona y Fecsa-Endesa no pudieron afectar a las conducciones de gas y agua debido a la profundidad de las mismas. La Generalitat dictó el sobreseimiento del expediente abierto contra Agbar debido precisamente a esas actuaciones realizadas entre 2000 y 2006, sin que se pudiera asegurar que algunas de ellas afectaron a las redes de gas y agua.

El tribunal expresa una cierta perplejidad ante la pretensión de Gas Natural de que se mantenga abierto el expediente a un tercero. “No se puede apreciar inicialmente un interés de la demandada ni en el sobreseimiento del procedimiento sancionador ni tampoco en una hipotética resolución sancionadora, pues uno y otra beneficia o perjudica a la codemandada que es la imputada, pero no a la recurrente”, indica la sentencia. La sala añade que Gas Natural no ha formulado ninguna alegación que aporte algún interés subjetivo que pueda justificar su legitimación en una resolución dirigida exclusivamente a un tercero.

La sala no solo rechaza el recurso de Gas Natural contra la Generalitat, sino que la condena a pagar las costas por un coste máximo de 1.000 euros.