Imagen de una clienta que consulta los precios de varias viviendas de alquiler / EFE

Imagen de una clienta que consulta los precios de varias viviendas de alquiler / EFE

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Así te afecta el nuevo decreto del Gobierno si vas a alquilar un piso

Aunque no regula el precio, incluye novedades para incentivar la oferta y proteger a los más vulnerables

2 marzo, 2019 11:39

Aunque el decreto que aprobó el Gobierno este viernes en materia de vivienda y alquiler no introduce medidas para regular los precios, sí incluye novedades para incentivar la oferta y mejorar la protección de los más vulnerables. ¿Vas a alquilar un piso? Estas son las novedades que debes conocer:

Incentivar la oferta

Esta nueva medida incluye la creación --en un plazo de ocho meses-- de un índice estatal de referencia sobre el precio del alquiler de vivienda para hacer un seguimiento del mercado y servir de soporte a medidas fiscales. Eso sí, esto no supone una regulación de los precios.

También habilitará el gravamen en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de la vivienda vacía. De esta manera, bonificará hasta un 95 % el IBI de la vivienda protegida en alquiler cuando los Ayuntamientos acuerden en una norma jurídica una renta limitada y eliminando el Impuesto de Transmisiones en los alquileres de vivienda habitual.

Adquisición preferente

La nueva ley establece además el derecho de adquisición preferente por Administraciones Públicas en caso de venta conjunta de un inmueble con arrendamientos y mejora la exclusión de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de la vivienda turística para su regulación específica por las CCAA.

El decreto favorece asimismo el acuerdo entre las partes para hacer mejoras durante la vigencia del contrato permitiendo el incremento de la renta pactada durante el resto del mismo.

Seguridad del inquilino

Para proteger los derechos de los arredatarios, el Ejecutivo de Pedro Sánchez ha ampliado la prórroga obligatoria de 3 a 5 años en la duración de los contratos o a 7 años si es una persona jurídica. Además, se amplía a cuatro meses el periodo de preaviso por parte del arrendador y a dos meses para el arrendatario.

En caso de que la vivienda se venda, el comprador tendrá que respetar el contrato de alquiler, esté o no inscrito. También se limitan las subidas anuales de la renta al incremento del IPC en todos los contratos. Y si el arrendador es una persona jurídica tendrá que sumir los gastos que genere la inmobiliaria así como la formalización del contrato.

Grupos más vulnerables

Para la protección de las personas más vulnerables, la nueva ley pretende mejorar la la coordinación con los servicios sociales para proteger al desahuciado en los supuestos de vulnerabilidad. También se aclara la obligación de avisar sobre la fecha y la hora del lanzamiento.

No se podrá pactar la renuncia a la subrogación en caso de fallecimiento en contratos de larga duración cuando afecte a hogares vulnerables y se facilitará a la comunidad de propietarios las obras de accesibilidad y se obligan cuando existen importantes ayudas públicas.