La Central Térmica de Ciclo Combinado del Puerto de Barcelona por la que Naturgy ha pagado al Ayuntamiento / WIKIPEDIA

La Central Térmica de Ciclo Combinado del Puerto de Barcelona por la que Naturgy ha pagado al Ayuntamiento / WIKIPEDIA

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Naturgy salda su deuda con el Ayuntamiento de Barcelona

La energética abona los 13,7 millones de impuestos atrasados por la central térmica del Puerto que certificó el Tribunal Supremo

8 noviembre, 2019 12:01

Naturgy ha hecho efectivo este viernes el pago de 13,7 millones de euros que debía abonar al Ayuntamiento de Barcelona. Así lo certificó en marzo el Tribual Supremo tras un litigio entre el grupo energético y el consistorio respecto a los impuestos asociados a las obras de la Central Térmica de Ciclo Combinado del Puerto de Barcelona, un proyecto que culminó en 2010.

Los magistrados concluyeron que la cotizada debía abonar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), así como los intereses de demora y los recargos que se habían generado en concepto de retraso en el cumplimiento de las obligaciones. Tanto el gravamen como el recargo han sido liquidados, tal y como confirma el Ayuntamiento en un comunicado.

Ocho años de litigio

El conflicto judicial se abrió en agosto de 2011, poco después de que Xavier Trias (PDeCAT) llegase a la alcaldía de Barcelona. El consistorio inició las actuaciones inspectoras pertinentes para la regularización tributaria de la tasa que estaba vinculada a las obras del puerto.

Imagen de archivo de Xavier Trias, antiguo alcalde de Barcelona / EFE

Imagen de archivo de Xavier Trias, antiguo alcalde de Barcelona / EFE

La documentación inicial aportada señalaba que el coste inicial de la obra superaba los 440 millones. La empresa alegaba que el coste de ejecución final era inferior a esta cantidad, una discrepancia que se dirimió en los tribunales.

Proceso judicial

En la etapa inicial del proceso, la resolución de alegaciones administrativas, ya se concluyó que la liquidación final alcanzaba los 13,78 millones al tener en cuenta sólo las partidas que no debían formar parte de la realización del proyecto y habían sido debidamente acreditadas. Se llegó a esta conclusión en noviembre de 2012.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número cuatro ratificó en primera instancia esta cantidad en julio de 2017. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) hizo lo propio un año después y el Tribunal Supremo el pasado marzo. Finalmente, la compañía ha cumplido con sus obligaciones.