Varios pasajeros suben en un avión de Ryanair / EFE

Varios pasajeros suben en un avión de Ryanair / EFE

Business

Una juez tumba el cobro de la maleta de mano de Ryanair por "abusivo"

La sentencia recuerda la obligación de la aerolínea de transportar un equipaje mínimo "sin poder exigir ningún tipo de suplemento"

20 noviembre, 2019 13:55

Varapalo a la política de Ryanair de cobrar un suplemento por la maleta de mano. El juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid ha condenado a la aerolínea a devolver los 20 euros que cobró a una pasajera que viajaba en tarifa estándar con el equipaje de mano además de su bolso personal. La sentencia recoge que la medida fue “abusiva”, pues el equipaje podía ser transportado en cabina.

Los hechos denunciados por la pasajera tuvieron lugar el pasado 25 de enero, en un vuelo Madrid-Bruselas operado por Ryanair. Según el relato expuesto, “tras verificar la tripulación de tierra su billete de avión no se correspondía con la tarifa priority, que permite subir a bordo con dos equipajes --uno de pequeñas dimensiones y una maleta adicional de máximo 10 kilos--, obligó a la pasajera a abonar 20 euros por el equipaje de mano extra.

Diferencia entre bolso y maleta

La magistrada atiende así de forma parcial en la sentencia la demanda de la consumidora y pide que se distinga entre el “simple bolso de escasas dimensiones” que no puede considerarse como un bulto, pues “se puede ubicar perfectamente en la parte inferior del asiento delantero”, y las “maletas o mochilas en cuyo interior lleva su ropa y demás objetos”.

Tal como sostiene ahora la titular del juzgado, dicha conducta "no está amparada" por la norma comunitaria que permite a las aerolíneas fijar libremente las tarifas de sus servicios, esto es, la cuantía que va a cobrar la compañía por el transporte así como sus condiciones.

Conducta "abusiva"

La juez entiende que Ryanair incurrió en una conducta "abusiva" al aplicar dicho suplemento en tanto que cercenó "los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley, generando un grave desequilibrio de prestaciones entre las partes contratantes" que perjudicó al consumidor.

La sentencia, dictada hace unas semanas, ya es firme al no haber recurrido ninguna de las partes en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. No obstante, la magistrada ha negado la indemnización de 10 euros a la pasajera en concepto de daño.

Eliminación del suplemento

Ryanair introdujo su nueva política de equipaje el 1 de noviembre de 2018, por la que desde entonces permite a los pasajeros volar con un pequeño bolso mientras que se debe pagar un suplemento para llevar una maleta de mano.  Ahora la sentencia insta a la aerolínea a eliminar ese cobro.

De hecho, la magistrada se ampara en una sentencia del TJUE que recuerda que el equipaje de mano se trata de un “elemento indispensable de transporte aéreo por lo que la compañía aérea viene obligado a transportarlo sin poder exigir ningún tipo de suplemento o sobrecoste sobre el precio del billete al pasajero”.