Cartel de una empresa cerrada por un ERTE / VIPS

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Business

Así quedaría tu sueldo si te aplican un ERTE

Miles de empresas han presentado planes de ajustes laborales por el impacto del coronavirus en sus negocios

25 marzo, 2020 16:11

Una de las medidas activadas por el Gobierno para paliar los efectos de la crisis del coronavirus en la economía ha sido la flexibilización de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Ello ha llevado a miles de empresas --solo en Cataluña se han presentado más de 30.000 propuestas-- a acogerse a esta medida para mantener sus negocios a pesar de estar cerrados al público, como dicta el estado de alarma. 

A pesar de la gran cantidad de informaciones sobre estos expedientes que aparecen durante estos días, muchos trabajadores desconocen los pormenores de estos expedientes laborales. Y no son pocos los que expresan una misma duda: ¿cómo afecta el ERTE al sueldo mensual?  

¿Despidos?

La principal diferencia entre un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) y un ERTE es que en el pimero se rescinde el contrato con el trabajador afectado, mientras que en el segundo sigue siendo empleado de la empresa. Existen dos tipos de expediente temporal: el de reducción, que --como su nombre indica-- reduce el número de horas de trabajo a la plantilla, y el de suspensión, que paraliza toda actividad laboral

En este último, el empleado deja de trabajar por causas ajenas a él mismo, por lo que tiene derecho a paro íntegro; o sea, que no consume subsidio de desempleo. La regulación de esta medida establece que el trabajador cobrará el 70% de su nómina habitual durante los seis primeros meses, teniendo en cuenta la media de los 180 días anteriores a la aplicación del ERTE; a partir del séptimo se reduce al 50%. Siempre a cargo de los fondos públicos.

Cotización en la Seguridad Social

Debido a que el contrato entre empleado y empleador continúa vigente durante el ERTE, el trabajador sigue cotizando en la Seguridad Social sin ningún tipo de impacto por el expediente. 

En lo que respecta a la empresa contratante, el decreto puntualiza que quedará exonerada del pago a la Seguridad Social si cuenta con una plantilla menor a 50 trabajadores. En el caso de que sea superior, la cotización se reduciría al 25% de la aportación empresarial.

Reincorporación

Otra de las características intrínsecas de los ERTE es que tienen un límite temporal. Las compañías que presenten este tipo de expedientes ante los departamentos de Trabajo autonómicos o nacional deben acreditar que es imposible para ellos seguir ofeciendo sus servicios por una causa momentánea. Y que, cuando dicha causa desaparezca, las empresas podrán volver a su funcionamiento habitual --con la readmisión de empleados consecuente--.

En la actualidad, las restricciones en el terreno empresarial vienen impuestas por el estado de alarma para evitar contagios por el coronavirus. El límite temporal de los ERTE se ampliará y en las condiciones en que la alarma permanezca vigente, dato que aún se desconoce.