El presidente de Mapfre, Antonio Huertas Mejías (izquierda), y el director general, Esteban Tejera Montalvo (derecha)

El presidente de Mapfre, Antonio Huertas Mejías (izquierda), y el director general, Esteban Tejera Montalvo (derecha)

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El Tribunal Supremo obliga a Mapfre a pagar más por Funespaña

La justicia se carga las condiciones de la OPA lanzada en 2012 y obliga a la CNMV a recalcular el precio fijado en la adquisición

16 julio, 2015 13:57

Mapfre se deberá rascar más el bolsillo si quiere tomar en control del grupo dedicado a los servicios funerarios Funespaña. El Tribunal Supremo ha anulado este jueves el visto bueno de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a la operación y le obliga a recalcular el precio de la oferta pública de adquisición (OPA), tal y como ha admitido la compañía en una nota al regulador bursátil.

El Supremo considera que los siete euros por títulos fijados en la operación perjudicaban a los minoritarios. El máximo tribunal recuerda que Mapfre había pactado con un grupo de grandes accionistas elevar la compensación hasta los 7,5 euros y considera que ese sería el precio mínimo en el que debería quedar fijada la adquisición.

OPA de 2012

Mapfre lanzó una OPA sobre Funespaña en 2012 pero nunca ha podido ejecutar la operación por la judicialización del caso, que ha llegado al máximo tribunal del país.

El ex presidente del grupo funerario, José Ignacio Rodrigo, encabezó el litigio en representación de los minoritarios. Nunca ha escondido que su objetivo era que la aseguradora acabara compensando a todos los accionistas, los significativos y los pequeños, con la misma cantidad para quedarse con sus títulos.

Argumento técnico

Señaló que no era lícito que incrementara la retribución para aquellos paquetes accionariales que podían decantar la operación hacia un lado o el otro. El periplo judicial le llevó primero ante la Audiencia Nacional, que falló a favor de Mapfre en marzo de 2014.

Los minoritarios se han llevado el gato al agua al presentar el recurso de casación ante el Supremo, que ha estimado un argumento técnico (el plazo del pacto con los accionistas de control) para anular las condiciones actuales de la OPA.