Dos trabajadores de Deliveroo recorriendo las calles de Barcelona

Dos trabajadores de Deliveroo recorriendo las calles de Barcelona

Business

Nuevo golpe a Deliveroo: Inspecció de Treball le da la razón a los ‘riders’ de Barcelona

La compañía debe pagar 1,3 millones a la Seguridad Social e inscribir a los repartidores como trabajadores por cuenta ajena

3 julio, 2018 19:01

La prefectura de Inspección de Trabajo de Barcelona, al igual que las de Madrid y Valencia, considera que los repartidores de Deliveroo tienen una relación de carácter laboral con la empresa, no mercantil.

Los riders se consideran, pues, falsos autónomos y la compañía ha incurrido en una irregularidad con la Seguridad Social, por lo que deberá abonar a la institución 3,1 millones de euros como concepto de pagos no realizados en el periodo comprendido entre agosto de 2015 y diciembre de 2017.

Los porqués de la decisión

Inspección considera que Deliveroo impone “de forma fraudulenta” una vinculación mercantil a aquellos que realizan los repartos mientras que, en la práctica, la empresa actúa como empresario contratante.

Las causas que apoyan esta decisión son la imposición de condiciones en la prestación del servicio y el marcado régimen de descansos y horarios. Incluso la aceptación de una política disciplinaria interna que incluye sanciones y a la que, como autónomos, no deberían estar sujetos.

El nuevo contrato tampoco convence

El acta de la institución deja claro que el nuevo contrato que la empresa ofrece a los repartidores en bicicleta desde julio de 2017 no es adecuado. Considera que, a pesar de que deja la puerta abierta a la posibilidad de que los riders sean reconocidos como trabajadores dependientes económicamente (TRADE), éstos siguen figurando como autónomos formales.

Esta razón ha desencadenado que, además de ingresar los más de tres millones, Inspección de Trabajo obligue a Deliveroo a adecuar a la legalidad a todos sus repartidores. Es decir, inscribirlos en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena.

A la espera de sentencia

Esta decisión por parte de la inspección de trabajo ha llegado antes que la sentencia del primero de los 16 juicios que la multinacional tiene por delante en Barcelona por denuncias de sus repartidores. Este primer caso se celebró el pasado mayo, a instancias de la Intersindical Alternativa de Catalunya y Col·lectiu Ronda en representación de uno de los riders de la multinacional. 

Natxo Parra, abogado del Col·lectiu Ronda, ha declarado que la resolución llevada a cabo por Inspección de Trabajo refuerza la oposición a la “precariedad” de los trabajadores. En su opinión, las empresas deben hacerse cargo de sus “obligaciones como ocupadores” y dejar de “condenar” a los trabajadores a una “inestabilidad permanente, transformando el derecho laboral en papel mojado”.