Un grupo de trabajadores del sector del automóvil, uno de los más afectados por los ERTE, grita durante una manifestación / EP

Un grupo de trabajadores del sector del automóvil, uno de los más afectados por los ERTE, grita durante una manifestación / EP

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Caos por las reclamaciones de Hacienda a los afectados por ERTE

Los numerosos errores al adjudicar compensaciones y las dudas sobre la declaración de la renta derivan en la obligación de devolver al fisco cantidades de miles de euros en muchos casos

5 diciembre, 2021 00:00

A la vuelta del verano, un buen número de personas que a lo largo de la pandemia estuvieron afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) se han encontrado con la desagradable sorpresa de una reclamación por parte del Ministerio de Hacienda que les insta a devolver cantidades que, en ocasiones, ascienden a varios miles de euros como consecuencia de una liquidación fiscal incorrecta.

Las cifras de empleo conocidas en las últimas horas reflejan que algo menos de 200.000 trabajadores permanecen a día de hoy en situación de ERTE. Sin embargo, en las primeras semanas tras la declaración del primer estado de alarma, la cifra se elevó hasta el entorno de 3,7 millones de personas, como consecuencia de las fuertes restricciones a la movilidad y la actividad productiva establecidas por las autoridades.

El atasco del SEPE

Este aluvión de procesos laborales provocó un auténtico caos en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), encargado de tramitar las compensaciones a los asalariados que se encontraban en esta situación, lo que provocó que se produjeran numerosos errores en el momento de adjudicar las respectivas cantidades. Algo que ahora, una vez que el atasco se va despejando y toca hacer balance fiscal, está pasando factura (nunca mejor expresado) a no pocos ciudadanos.

En líneas generales, los principales problemas que están llegando durante las últimas semanas a los despachos de abogados se resumen en dos escenarios.

Un hombre frente a una oficina de empleo del Sepe / EP

Un hombre frente a una oficina de empleo del Sepe / EP

A vueltas con la declaración

El primero de ellos tiene que ver con aquellos trabajadores que habitualmente no llevaban a cabo la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), la célebre “declaración de la renta”, al estar exento por no alcanzar una cota de ingresos de 22.000 euros al año.

Un destacado porcentaje de personas incluidas en los ERTE estaban en esta situación, que se vio modificada precisamente tras entrar en uno de estos procesos. Porque al pasar a contar con dos pagadores, esto es, la empresa para la que trabajaban y el SEPE, ese límite mínimo para no estar obligado a tributar se reduce a 14.000 euros.

Campaña de la Agencia Tributaria

“Muchos contribuyentes no advirtieron esta situación y no procedieron a la liquidación del impuesto, como les correspondía; y ahora se han encontrado con una reclamación”, señalan desde uno de los despachos de abogados que en estos días atienden múltiples consultas por parte de nuevos clientes que han llegado hasta ellos por esta circunstancia.

Esta posibilidad ya fue advertida en su día por la Administración, hasta el punto de que se anunció que la Agencia Tributaria se podría en contacto con las personas que pudieran estar afectadas para remitirles el correspondiente aviso.

La aportación de contribuyentes de Cataluña ha sido muy inferior a la de Madrid y Andalucía en la última década / EFE

La aportación de contribuyentes de Cataluña ha sido muy inferior a la de Madrid y Andalucía en la última década / EFE

Desbordados por la pandemia

“En aquellos momentos, con las Administraciones Públicas desbordadas, no sería de extrañar que muchos no recibieran la notificación; y tampoco que, si se recibió, pasara desapercibida”, señala la fuente.

En la mayoría de los casos se trata, obviamente, de trabajadores con rentas bajas que normalmente no hacen la declaración de la renta porque no están obligados, aunque pueden hacerla de forma voluntaria. “Por lo general, esas declaraciones resultan positivas, es decir, salen ‘a pagar’, por lo que el contribuyente decide acogerse a su derecho de quedar exento. En otros casos, ni siquiera lo comprueban. Sin embargo, el hecho de que el umbral baje tanto con la circunstancia de los dos pagadores extiende la obligación de declarar a muchos contribuyentes y entonces es cuando se origina el caos”.

Los ingresos incorrectos

Sólo en el caso de que la cantidad ingresada por el pagador distinto del principal no alcance los 1.500 euros, el perceptor de esa renta superior a 14.000 euros anuales quedaría también libre de cumplir con el Fisco. Una situación un tanto anómala porque la mayoría de afectados por un ERTE permanecieron varios meses en esta situación.

El segundo caso más frecuente de reclamaciones de este tipo tiene como sujetos pacientes aquellos a los que ingresaron cantidades incorrectas como consecuencia del caos originado en el SEPE ante la tramitación de tantos expedientes.

Resolver antes de declarar

Aquí la casuística es amplia. Desde personas que tardaron un buen número de meses en empezar a percibir lo que les correspondía (incluidos aquéllos que, una vez que empezaron a cobrar no fueron compensados por la falla los meses anteriores) hasta los que recibieron cantidades incorrectas, tanto por defecto como por exceso.

Para estas situaciones, la recomendación lanzada en su día a los trabajadores que tuvieran algún tipo de problemas con estos ingresos consistió en poner en marcha un proceso de reclamación ante el SEPE y esperar hasta su resolución para realizar la declaración del IRPF.

Complementaria

Una vez obtenido el resultado de esa reclamación, el contribuyente podría teóricamente ponerse al día con el Fisco a través de una declaración complementaria. De ahí que se advirtiera en su día a los trabajadores que se encontraban en esta situación que no procedieran a liquidar el impuesto.

“El consejo era que ni siquiera confirmaran el borrador de declaración de la Agencia Tributaria si lo habían solicitado porque lo más probable es que contuviera datos incorrectos”, aseguran fuentes jurídicas que, además, recuerdan que “en general, para todo tipo de contribuyentes, hay que revisar minuciosamente el borrador de la declaración de la Renta porque en el caso de que haya un error, la Agencia Tributaria no se hace cargo”.