Los ministros de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, Educación y portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, y el Fomento, Íñigo de la Serna (de izda a dcha), durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros /

Los ministros de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, Educación y portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, y el Fomento, Íñigo de la Serna (de izda a dcha), durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros /

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Los bancos devolverán las cláusulas suelo en efectivo y en tres meses

El Consejo de Ministros aprueba un Real Decreto para que entidades financieras y clientes resuelvan las reclamaciones de forma "rápida y gratuita"

20 enero, 2017 14:42

El proceso de devolución de las cláusulas suelo ya está en marcha. Los bancos reembolsarán las cantidades en efectivo –se pueden pactar otras fórmulas, como la novación de la hipoteca— y tendrán un margen de tres meses para llegar a un acuerdo con el cliente. El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto de medidas urgentes de protección de consumidores en esta materia.

El Real Decreto pone el foco en las cláusulas suelo indebidas. Establece un procedimiento extrajudicial para resolver de forma “rápida y gratuita” las reclamaciones de los consumidores derivadas de las últimas sentencias judiciales.

Un mes para poner en marcha el plazo

Las entidades financieras tienen un mes para poner en marcha el plazo tras la aprobación de la norma. Los bancos deben garantizar que el sistema es conocido por todos los consumidores con cláusula suelo en sus contratos. Deberán informar también a los clientes cuya hipoteca esté cancelada pero estuviera afectada.

Una vez que el cliente dirige la reclamación a la entidad, esta deberá remitirle un cálculo de la cantidad a devolver incluyendo los intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no procede. Si está de acuerdo, deberá dejarlo por escrito y recibirá el dinero en un plazo de tres meses.

Las entidades pagan las costas

La vía judicial quedará abierta si el cliente queda insatisfecho con la oferta de su entidad, según ha explicado en rueda de prensa el ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos. Los bancos pagarán las costas.

De Guindos ha explicado que la devolución de la cantidad y de los intereses no se integrarán en la base del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En el caso de que el consumidor se hubiera deducido alguna cantidad correspondiente al pago de una hipoteca con cláusula suelo en ejercicios anteriores, no se le aplicará sanción, intereses de demora o recargo.

Pasar del juicio a la reclamación

Otro matiz es que en el caso de que cliente y entidad se encuentren inmersos en un procedimiento judicial por esta reclamación, se podrá solicitar la suspensión del mismo para someterse al mecanismo extrajudicial.

El Real Decreto Ley prevé, además, el establecimiento de un órgano de seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones efectuadas por los consumidores que velará por que las entidades cumplan con su deber de información a los clientes. Emitirá un informe semestral y en el mismo estarán representadas las asociaciones de consumidores, abogados y otras instituciones.