Uno de los ayuntamientos de Cataluña / EFE

Uno de los ayuntamientos de Cataluña / EFE

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Un 6% de los ingresos fiscales de Barcelona, en el aire

La sentencia sobre el impuesto de plusvalía municipal pone en alerta a los ayuntamientos, ya que supone una parte importante de su presupuesto

23 febrero, 2017 00:00

Un 6% de los ingresos fiscales de Barcelona corresponden al impuesto de plusvalía municipal. En el caso de L’Hospitalet de Llobregat, segunda ciudad de Cataluña, y de Badalona, la tercera en la lista, supone un 5%. Ahora, tras la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), estos ingresos han quedado en el aire.

Los ayuntamientos se preparan para afrontar el impacto que pueden suponer en sus arcas los cambios que se deriven del fallo; los efectos económicos para los consistorios se prevén significativos. Las cifras lo ilustran: la capital catalana recaudó 169,7 millones de euros en 2015 gracias a esta tasa; L’Hospitalet, 11,5 millones el año pasado; y Badalona obtuvo 8 millones también en 2016.

El impuesto no se ha anulado ni ha sido declarado inconstitucional. Sí lo es desde la sentencia de la semana pasada la ley foral de Guipúzcoa por lo que se refiere a este tributo. Éste se aplica al aumento del valor de los inmuebles desde que pasa a ser propiedad de una persona o empresa hasta que deja de serlo, ya sea por compraventa, herencia o donación.

A la espera de los cambios a la ley estatal

El Tribunal Constitucional tumbó solo la norma vasca, aunque la estatal es un “calco” de ésta, según explica Albert Giralt, socio del despacho Fornesa Abogados. Existen, sin embargo, muchas cuestiones de inconstitucionalidad en los juzgados, a raíz de los recursos presentados por los contribuyentes. Es por esta razón que lo previsible es que el TC fallará igual ante nuevas demandas y que el Gobierno se verá obligado a cambiar la ley estatal, según Giralt.

Los ayuntamientos están ahora a la espera de ver cómo se suceden los acontecimientos. “Hasta que no se formule cómo se enfrenta el Gobierno español a la aplicación de la sentencia no nos podemos posicionar”, afirman fuentes del Ayuntamiento de Badalona. Sin embargo, han empezado a analizar la situación, al igual que en Barcelona, según fuentes municipales.  

Cálculo siempre positivo

La sentencia del TC considera que el impuesto no siempre se adecua a la realidad económica. Y es que el cálculo de la plusvalía, basado en el valor catastral y el tiempo trascurrido entre trasmisiones de la propiedad en cuestión, siempre tiene un resultado positivo, aunque la tasación final sea menor a la inicial, explica el abogado fiscalista. La experiencia reciente demuestra que no siempre el transcurso del tiempo entre dos ventas supone la generación de una ganancia y, por tanto, de una plusvalía gravable.

Ahora, los contribuyentes que consideran que se encuentran en esta situación y que tuvieron que pagar el impuesto en los últimos cuatro años pueden reclamar. Es solo en los casos que se ha perdido valor, lo que empezó a suceder y se generalizó durante la crisis. Fue en esta época cuando los ayuntamientos aumentaron la recaudación, explica Giralt.

Tras la sentencia y el previsible cambio de la ley estatal, los gobiernos municipales no solo tendrán que devolver los importes de las falsas plusvalías, sino que también tendrán que dejar de cobrar el impuesto en los casos en que no haya aumentado el valor del terreno en futuras trasmisiones.