'Gigaencuesta' realizada en octubre de 2014 por la ANC y Òmnium Cultural

'Gigaencuesta' realizada en octubre de 2014 por la ANC y Òmnium Cultural

Política

Protección de Datos expedienta a la ANC y Òmnium por recabar datos ideológicos de los ciudadanos sin su consentimiento

Las entidades secesionistas se exponen a una multa de entre 300.001 y 600.000 euros porque durante la polémica 'gigaencuesta' realizada en octubre pasado -una suerte de lista de 'buenos' y 'malos' catalanes- "han recogido, grabado y conservado información sobre datos de ideología relativos a personas que negaron su participación en la encuesta o que, aun habiéndola realizado, no consintieron expresamente el tratamiento de sus datos personales". Se trata de una vulneración de "los derechos fundamentales" de las personas.

20 junio, 2015 09:47

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha iniciado un expediente sancionador contra la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural por considerar que cometieron infracciones "muy graves" recogidas en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) durante la 'gigaencuesta' realizada en octubre pasado, una vulneración de la normativa que podría suponerles una multa de entre 300.001 y 600.000 euros.

En concreto, según el expediente al que ha tenido acceso CRÓNICA GLOBAL, el organismo fiscalizador concluye que "la ANC y Òmnium Cultural han recogido, grabado y conservado información sobre datos de ideología relativos a personas que negaron su participación en la encuesta o que, aun habiéndola realizado, no consintieron expresamente el tratamiento de sus datos personales, por lo que existe un tratamiento de datos especialmente protegidos sin el consentimiento expreso y por escrito de los afectados en el sentido exigido en el artículo 7.2 de la LOPD".

Decenas de miles de voluntarios recorrieron toda Cataluña

La 'gigaencuesta' formaba parte de la campaña 'Ara es l'hora' ('Ahora es la hora') con la que ambas entidades pretendían "conseguir que el sí-sí" fuera "la opción mayoritaria" en la consulta independentista del 9N.

La ANC y Òmnium Cultural coordinaron una red de decenas miles de voluntarios que fueron puerta a puerta a miles de domicilios de toda Cataluña -su intención era la de llegar a los 2,5 millones de viviendas- realizando una encuesta con seis preguntas relacionadas con una hipotética secesión de Cataluña y recogiendo datos personales de los entrevistados.

La 'gigaencuesta' generó las críticas de entidades no nacionalistas

En su momento, este proceso -en el que participaron destacados políticos de formaciones como CDC (Josep Rull, Irene Rigau, Ferran Falcó), UDC (Oriol Vila), ERC (Oriol Amorós y Anna Simó), ICV (Enric de Vilalta) y la CUP (David Fernández), así como personajes conocidos (como Karmele Marchante)- desató las críticas de partidos y entidades no nacionalistas.

Así, la Asociación por la Tolerancia denunció que la encuesta "constituye una evidente coacción a domicilio contra la convivencia y ahonda de manera irresponsable en la fractura social que se vive en Cataluña". También consideró que era "intimidatoria", suponía un "inaudito acoso a domicilio" y podía significar la "identificación de desafectos" elaborando "un censo de disidentes, contrarios a la independencia", que se arriesgaban a posibles "posteriores represalias".

Varias inspecciones tras las denuncias de ciudadanos particulares, C's y Vox

La AEPD recibió una veintena de denuncias, entre ellas, las de Ciudadanos y Vox, que advertían de que la encuesta vulneraba la LOPD, al considerar que se trataba de realizar un censo de independentistas y no independentistas o una suerte de lista de 'buenos' y 'malos' catalanes en función de sus preferencias ideológicas.

A raíz de estas denuncias, la AEPD realizó varias inspecciones en las sedes centrales de la ANC y Òmnium Cultural en octubre y noviembre. En ellas revisó qué tipo de datos personales e ideológicos de los ciudadanos habían recopilado y almacenado estas entidades en sus bases de datos.

Recogieron datos "ideológicos" sin el conocimiento de muchos encuestados

Tras analizar la información recopilada en esas inspecciones, el pasado 3 de junio la AEPD decidió abrir el expediente sancionador y nombrar un instructor que se encargará de continuar con el proceso.

La AEPD concluye que la encuesta recaba datos "de naturaleza ideológica" y política y los asocia a "datos personales". Y alerta de que "no obstante, y a pesar de que el esquema diseñado por la ANC y Òmnium Cultural para la realización de la encuesta no contemplaba la recogida de datos personales de aquellas personas que negaran su consentimiento, las comprobaciones realizadas por los Servicios de Inspección de la AEPD constataron la existencia de encuestas en las que se recabaron datos personales de los encuestados sin que estos hayan consentido y este conste mediante el marcado de la casilla habilitada para la aceptación del tratamiento de los datos la firma de los mismos".

Además, destaca que, en las inspecciones realizadas, "se comprobó que los voluntarios anotan, en los documentos que contienen los domicilios a visitar, unas marcas asociadas a los mismos con las indicaciones 'no abren la puerta', 'no quieren hacer la encuesta', así como otras anotaciones que revelan la opinión del ciudadano sobre la consulta del 9 de noviembre de 2014. Esta información también es susceptible de revelar la ideología de las personas que viven en los domicilios respectivo, incluso en el supuesto de negarse a participar en la encuesta".

E insiste en que la información ideológica de los entrevistados "puede asociarse a personas físicas identificables, que ni siquiera son conscientes de que se haya anotado la misma".

Vulneración de "los derechos fundamentales" de los encuestados

Por otra parte, la AEPD añade que la ANC y Òmnium Cultural "son responsables del tratamiento de datos de carácter personal relativos a personas físicas identificadas, que afectan a los derechos fundamentales de las mismas, y que no fueron obtenidos" legalmente.

Esto supone una vulneración de diversos artículos de la Constitución y de la normativa vigente, especialmente los relacionados con el "derecho a la libertad ideológica", el "derecho a la protección de los datos personales" y el "derecho a la libre participación en los asuntos públicos", por lo que insta a que se cese "la utilización ilícita de de los datos personales relativoas a personas que negaron su participación en la encuesta objeto de las denuncias o que no consintieron expresamente y por escrito el tratamiento de sus datos personasles, a los efectos de restaurar los derechos de las personas afectadas".