El Tribunal Constitucional se convierte en un juzgado ordinario de la cámara catalana.

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Política

El Constitucional puede multar o suspender a los 72 diputados del 'procés'

La reciente reforma de la ley del alto tribunal le otorga la potestad represiva sin necesidad de recurrir a la fiscalía

27 julio, 2016 23:53

El artículo 92 de la reformada ley del Tribunal Constitucional de diciembre pasado deja en manos de los magistrados del alto tribunal la posibilidad de multar, suspender o apartar a los 72 diputados de Junts pel Sí (JxSí) y la CUP que han votado la ratificación de las conclusiones del llamado proceso constituyente desobedeciendo la interlocutoria del mismo Tribunal Constitucional.

La ley prevé multas de entre 3.000 y 30.000 euros para cada uno de los parlamentarios. Esta es una de las opciones que tienen los magistrados que hoy recibirán desde el Gobierno los informes técnicos sobre la polémica votación de ayer en el Parlamento catalán.

El Constitucional puede denunciar

Cabe la posibilidad de que los magistrados entiendan que hay indicios suficientes y suficientemente acreditados de criminalidad como para “deducir testimonio” de las conductas sospechosas e instar una investigación penal. Ahí, en ese momento, entraría en acción la fiscalía. No parece factible (aunque no imposible) que vaya a ser antes.

La reforma legal que da potestad represiva y sancionadora al Constitucional se aprobó después del 9N. Por esa razón, la fiscalía general del Estado, ante lo que entendió como un flagrante delito de desobediencia y de malversación por la consulta soberanista, interpuso la controvertida querella contra Artur Mas, Irene Rigau y Joana Ortega (y más tarde contra Francesc Homs).

Auto-suplicatorio

Ahora, la situación ha cambiado. Pero, llegados a este punto, se puede presentar un escenario procesal kafkiano.

En caso de apertura de diligencias penales por un eventual delito de desobediencia, el juez y el fiscal deberán pedir el suplicatorio al Parlamento de Cataluña para “investigar” a los 72 diputados, que debido a la inmunidad parlamentaria solo pueden responder en esas condiciones y ante el TSJC.

En ese caso, deberían ser los 72 parlamentarios, precisamente los que han abierto el proceso de desconexión y que constituyen mayoría, los que voten contra ese suplicatorio. Quizá sea este el motivo por el que el Gobierno del PP aprobó, a finales del año pasado, la reforma de urgencia de la ley del Tribunal Constitucional que le permite actuar de forma directa.