Joaquim Gay de Montellà (i), presidente de Foment del Treball, y María Helena de Felipe (d), presidenta de Fepime / FOTOMONTAJE CG

Joaquim Gay de Montellà (i), presidente de Foment del Treball, y María Helena de Felipe (d), presidenta de Fepime / FOTOMONTAJE CG

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El Govern recurre la suspensión de las cuotas de representatividad impuestas a las patronales

Expresa su sorpresa ante el nuevo varapalo judicial, que responde a un recurso de Foment, y se considera competente para determinar ese reparto

6 enero, 2017 11:40

El Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias presentará un recurso contra la reciente auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que suspende cautelarmente la atribución provisional de una cuota de paridad del 33% en Foment del Treball, Pimec y Fepime llevada a cabo en abril del año pasado. Tal como informa hoy Crónica Global, el TSJC ha propinado un nuevo revés a la Generalitat al suspender la resolución que repartía esa cuota de representatividad de forma salomónica.

Según explica la consejería en un comunicado, la decisión del TSJC “no cuestiona la atribución provisional y mientras no haya sentencia sobre el conflicto la decisión tiene un carácter cautelar y provisional a raíz de los recursos de reposición presentados por las organizaciones empresariales Foment y FEPIME”.

"Sucesivas decisiones cautelares"

La Generalitat expresa su “sorpresa” por las “sucesivas decisiones cautelares provisionales tomadas ante todas las resoluciones del Govern sin que todavía no haya habido ninguna sentencia”.

Explica que, en abril de 2016, el Departamento de Trabajo resolvió la atribución provisional de las cuotas de representatividad del 33% vigente hasta que las tres patronales llegaran a un acuerdo que concretara el grado de representatividad de cada una o acreditaran una cuota que determinara un reparto diferente.

El dictamen del Ejecutivo catalán dejó sin efecto la Resolución del 13 de diciembre de 2013 relativa a la atribución de las cuotas de representatividad “por haber perdido eficacia esta atribución y dado su carácter provisional”.

Atribución estatutaria

A continuación se inició un expediente para establecer un reparto de las cuotas de manera provisional en cumplimiento del mandato estatutario previsto en el artículo 43 del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Esta decisión, añade la Generalitat, se tomó ante la falta de acuerdo de Foment, Pimec y Fepime y “ante la imposibilidad de determinar de una forma objetiva las cuotas de representatividad de las tres organizaciones a pesar de todos los esfuerzos del Gobierno de la Generalitat”.

La consejería precisa que la entidad Fepime mantiene su condición de organización empresarial más representativa por silencio positivo, y sin que haya acreditado formalmente esta condición en ningún momento mientras se resuelve el contencioso.

La Generalitat considera que entra dentro de sus competencias atribuir la cuota de representatividad, y el acceso a las subvenciones asociadas a ésta, en el marco de su capacidad organizativa, y que “se debe poder atribuir esta cuota de participación a través de fórmulas que, objetivando la relevancia de cada organización, permitan también la participación activa de todas las empresas catalanas para vertebrar un marco de concertación real y que responda a las necesidades de nuestro país”.